Cediendo al fin a las presiones de la Unión Europea y tal y como ya se había anunciado, la Ley de Finanzas introduce modificaciones para estas entidades que afectarán ya a los períodos contables iniciados a partir del 1 de enero de 2019.
Si bien la modificación fiscal no afecta al tipo genérico del Impuesto de Sociedades que seguirá en el 12,5%, sí se eliminará el conocido como “doble irlandés” que permitía tener a estas entidades ramificaciones societarias en paraísos fiscales generando así un gran ahorro tributario.
El artículo 5 de la Directiva de Evasión de impuestos de la UE exigía que Irlanda introdujera un impuesto de salida a esas entidades antes del 1 de enero de 2020.
La Ley de Finanzas de Irlanda, ha introducido un impuesto de salida que aplica una tasa del 2,5% a las ganancias que surgen cuando una empresa deja de ser residente en Irlanda, o una empresa no residente transfiere los activos o el negocio de su empresa, la sucursal irlandesa o su establecimiento permanente a otro país de la UE.
El impuesto de salida no se aplicará a las entidades que dejan de ser residentes fiscales en Irlanda cuyos activos, que se utilizaron para los fines de actividad empresarial previa, siguan estando situados en Irlanda o utilizados a los mismos efectos en ese Estado, a través de una sucursal o un establecimiento permanente después de la salida.