España ha recibido un ultimátum de parte de la Comisión Europea respecto a las sanciones que se aplican a partir de la declaración errónea o falseada del Modelo 720, considerando que dichas sanciones son discriminatorias, desproporcionadas y en colisión con las libertades fundamentales de la UE.
El Modelo 720 tiene carácter informativo, a priori, en el que se debe declarar los bienes que personas físicas o jurídicas tengan en el extranjero por valor superior a 50.000€. La Hacienda española penaliza la no presentación, pero también la declaración con errores de fondo y/o forma y es ahí donde la Comisión Europea considera el exceso de actuación y el agravio comparativo.
Actualmente, la Hacienda española contempla multas de 5.000€ por dato omitido, obliga a tributar al tipo marginal del IRPF y sobre ese resultado impone una sanción del 150% más intereses. Este tipo de fracciones no prescriben.
La libertad de movimiento de los ciudadanos UE y de los capitales es uno de los principales argumentos utilizados por la Comisión Europea que teme que medidas como esta disuadan esas libertades tanto a personas físicas como jurídicas. Por este motivo, y tras mantener conversaciones con España desde 2015, la Comisión Europea ha lanzado un último aviso previo a llevar el caso al TJUE, Tribunal de Justicia de la UE.